Dentro del ordenamiento jurídico, existe una rama que se conoce como derecho de sucesión encargada de regular las situaciones derivadas de la muerte de una persona. Entre los aspectos a considerar se encuentran los derechos de los herederos con respecto al patrimonio del fallecido, entre ellos el de aceptación herencia Paterna.
En principio debe tenerse clara la concepción de herencia. En ocasiones, algunas personas tienden a pensar que ser herederos es como ganarse la lotería, pero esto no es así. La sucesión contempla no solo bienes activos sino también los pasivos, es decir, las deudas y obligaciones del fallecido.
De igual forma, heredar el patrimonio de una persona no es un asunto sencillo, porque ello implica diversidad de derechos y obligaciones que no todos están prestos a asumir. De ahí que la aceptación de la herencia no sea un deber de los herederos, sino un derecho cuyo ejercicio es facultativo, es decir, pueden elegir entre recibirla o no hacerlo.
Ante lo delicado del asunto, la legislación española específicamente el Código Civil, establece una serie de alternativas sobre las que puede optar toda persona llamada a suceder, estas son aceptar la herencia (de manera simple o través de beneficio de inventario) o renunciar a ella.
Cuando se desea manifestar la aceptación de la misma, lo aconsejable es evaluar con detenimiento el caudal hereditario. Puesto que cada caso cuenta con sus particularidades y todos los detalles han de ser correctamente examinados, no solo en cuanto a la forma de la misma sino también a si se llevará a cabo de manera expresa o tácita.
Por ejemplo, antes de manifestar la aceptación de manera simple lo más recomendable es asegurarse de que el pasivo no es superior al activo a fin de no poner en riesgo el patrimonio del o de los herederos.
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Al igual que en el derecho de sucesiones, cuando se trata de un divorcio las decisiones no se pueden tomar a la ligera. Ponerle fin a la vida matrimonial es un paso difícil de dar por las consideraciones de cada caso, especialmente si la pareja tiene bienes que dividir, porque en ocasiones este aspecto es la causa de las disputas entre las partes. De manera que se han de tener en cuenta las normas de distribución de bienes comunes y salvaguardar aquellos bienes privativos, es decir, los que están fuera del régimen económico matrimonial.
Esto es más sencillo si el divorcio es de mutuo acuerdo, pero en los asuntos contenciosos se debe actuar con cautela. Para ello es indispensable la orientación de un buen abogado divorcios Sevilla, cuya guía nos conduzca a la decisión más conveniente.